VI ENCUENTRO APFRATO

         VI CONGRESO CICI


Derecho de los niños al juego, la autonomía y la participación

                  Granada
5, 6 y 7 de junio 2015
 

Concepto

Este evento reivindica la dignidad de los niños y de las niñas en todas las partes del mundo, principalmente en aquellas en que, todavía, ellos/as son explotados/as, tratados/as con discriminación, como esclavos,  y ninguneados en su identidad como personas en pleno desarrollo.


Día 20 de noviembre de 2014, se cumplió 25 años que fue aprobada por las Naciones Unidas, la Convención de los Derechos del Niño, que ratificaron la mayoría de países del mundo. Un derecho es algo que debe ser cumplido sin rodeos, vacilaciones o desviaciones. Por ello, los artículos de esta convención, no son solamente una declaración formal, sino que implican compromiso obligatorio de todos los Estados para hacerla cumplir. Sin embargo, aún es necesario darla a conocer y reivindicarla como realización real. Por ello, hace falta sumarse en un esfuerzo conjunto para que esto se realice. Hace falta poner en acción la inteligencia colectiva de diferentes agentes sociales capaces de formar opinión y actuar en consecuencia. De ahí la unión entre APFRATO y CREARMUNDOS que se suman a la labor del infatigable educador militante de los derechos de los niños y de las niñas: Francesco Tonucci y su alter ego artístico Frato. Para guiar las reflexiones y actividades del evento, han sido elegidos tres de los derechos: al JUEGO, a la AUTONOMÍA y a la PARTICIPACIÓN.


El derecho al juego está muy claro en el Artículo 31: “Tienen derecho al esparcimiento, al juego y a participar en actividades artísticas y culturales”. Los derechos a la autonomía y a la participación no están mencionados específicamente en el texto. Pero, en la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989, es posible ver referencias a ellos en varios de sus artículos:

-Artículo 12: derecho del niño y niña a expresar sus opiniones y que éstas sean tenidas en cuenta

-Artículo 13: libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas

-Artículo 15: derecho de las niñas y niños a crear asociaciones y celebrar reuniones pacíficamente

Y, por esta controversia en la interpretación de los derechos de los/as niños/as, entendemos que hace falta una ciudadanía creativa capaz de garantizar la participación infantil en la vida pública.


Durante las últimas décadas ha surgido a nivel global y local un profundo interés por comprender el desarrollo de la creatividad en diversos contextos sociales, políticos y culturales. Dicho interés emerge, no solamente como una intención académica para definir las dinámicas del acto creativo en sí mismo, sino que también para comprender los efectos que éste tiene en los procesos de formación ciudadana. Ser ciudadano creativo implica la capacidad para crear nuevas formas de comprender el mundo, reconocerse a sí mismo y establecer relaciones justas y solidarias con los demás. La ciudadanía creativa es un modo de vivir proactivamente, en el que cada persona es consciente de ser sujeto de acción micropolítica en su contexto. Un ciudadano creativo no espera a que los demás resuelvan los problemas, porque se posiciona como parte de las soluciones. Es capaz de imaginar futuros posibles que superen los actuales defectos del sistema social. Y, desde la nuestra perspectiva los/as niños/as también son capaces de hacer esto, por ello se merecen el derecho a participar de las decisiones sobre los asuntos que les afectan. Sin contar que, la mejor manera de aprender a ser un ciudadano consecuente y con criterios, es ejercitándolo desde la mas temprana edad.


Este múltiple evento es, por lo tanto, un compromiso reflexivo y práctico con esta misión, que trata de asumir el reto de actuar en el tejido social, fortaleciendo simultáneamente la capacidad creativa de cada ciudadano/a (niño/a y adulto/a)  y los vínculos entre ellos.